Auditoría y Servicios Relacionados

Servicios de Auditoría de Cuentas

 

1 Auditoría de las cuentas anuales de una entidad, ya sean estas individuales o consolidadas.

La auditoría de las cuentas anuales consiste en verificar dichas cuentas a efectos de dictaminar si expresan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad auditada, de acuerdo con el marco normativo de información financiera que resulte de aplicación; también comprenderá, en su caso, la verificación de la concordancia del informe de gestión con dichas cuentas.

Desde Alesco somos conscientes de la dificultad que supone el cambio de auditores en la medida en que el conocimiento que se adquiere fundamentalmente en el primer ejercicio de auditoría de una entidad es significativamente mayor que en el resto de ejercicios, lo que supone a su vez una mayor carga de trabajo para la entidad auditada.

Nuestra filosofía de trabajo en este sentido, es de máxima colaboración con la idea de que ese esfuerzo inicial que efectúa la entidad en transmitir en definitiva el conocimiento sobre la misma no se pierda. A tal fin tenemos un compromiso de mantener a las mismas personas que desarrollan el trabajo en los ejercicios iniciales formando a personal propio en el conocimiento del cliente a medida que progresa profesionalmente, de tal modo que un cambio en el jefe de equipo o encargado del trabajo de campo no suponga un perjuicio en tiempo y esfuerzo para el cliente.

Los servicios se realizan siguiendo las normas técnicas de auditoría, actualmente una adaptación a la legislación española de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA-ES), y lo dispuesto en la Ley de Auditoría de Cuentas y el reglamento que la desarrolla.

 

2 Auditoría de estados financieros intermedios.

En aquellos supuestos en los que la normativa lo exija, Alesco presta servicios de auditoría de dichos estados financieros, junto con sus notas explicativas.

 

3 Auditoría de un solo estado financiero o de un documento contable concreto.

Por ejemplo, en los casos de reducción de capital por pérdidas o ampliaciones de capital con cargo a reservas según establecen los artículos 323 y 303, respectivamente, de la Ley de Sociedades de Capital.

 

 

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